quinta-feira, 19 de fevereiro de 2015

Las múltiples dimensiones de la precariedad

«Tras la publicación de los resultados trimestrales de la Encuesta de Población Activa (EPA) se inician las expresiones de expertos (y no tan expertos) en los medios de comunicación. En estos últimos tiempos se incide en el crecimiento de las tasas de temporalidad y de la contratación a tiempo parcial. Ambas situaciones se clasifican dentro de lo que ha venido denominándose precariedad laboral, y sin embargo, no son las únicas características que lo conforman. Es interesante presentar una visión más amplia de qué se entiende por precariedad laboral.

precariedad

El punto de partida que debe servirnos para su comprensión es la norma social clásica o estándar, aquélla que se consolidó tras la II Guerra Mundial y que se identificaba con la existencia de un contrato indefinido a jornada completa, con unos salarios suficientes, además de una protección institucional a partir de la regulación emanada del Estado y de la negociación colectiva. Es por esto por lo que se recomienda ampliar la mirada y no analizar sólo el mayor o menor número de los contratos temporales y parciales, aunque en buena medida, de estas modalidades contractuales se derivan el resto de particularidades que caracterizan la precariedad. La inseguridad del empleo, la carencia de unos salarios mínimos e insuficientes, peores condiciones laborales o la falta de protección social son los principales ejes que permiten adoptar una visión multidimensional de la precariedad.

La inseguridad del empleo se halla estrechamente ligada con ese uso (indiscriminado) de la contratación temporal. Con esta modalidad contractual, el trabajador no tiene expectativas ni garantía alguna de continuidad en el puesto de trabajo ni tampoco en el mercado de trabajo. Es una incertidumbre para él, desconoce cuál va a ser su futuro, generándole grandes dosis de inseguridad. Además, acarrea consecuencias que sobrepasan la dimensión meramente laboral, al afectar a las trayectorias vitales de cada individuo. Pocas estrategias pueden adoptar los trabajadores que desconocen cuál va a ser su futuro en el mercado de trabajo. Además, las estadísticas que ofrecen información sobre la temporalidad son una  “foto fija”, de ahí que sea imprescindible el recurso al estudio de las trayectorias sociolaborales. Los trabajadores van alternando fases en los que tienen un contrato temporal, pasan a situación de paro, o pueden transitar a la inactividad… En eso consiste el estudio de las trayectorias sociolaborales: en ofrecer una mirada longitudinal  y conocer los estadios por los que pasa cada trabajador. 

Asimismo, “gozar” de un contrato indefinido en la actualidad tampoco ofrece las mismas garantías que antaño. Cada vez son menores las indemnizaciones por despido de trabajadores indefinidos. Este hecho favorece a los empleadores, al dotarles de mayores facilidades para la extinción de la relación laboral.  Una vez extinguida la relación, ya tienen vía libre para sustituir a esa mano de obra por otra mediante contratos temporales, o incluso, recurrir a la subcontratación. En ambos casos, el empleador exporta las incertidumbres al trabajador. En el primer caso, de forma directa, y en el segundo, se lo traslada a la empresa subcontratada, que acaba repercutiéndolo sobre el trabajador.

En los casos expuestos hasta el momento estamos refiriéndonos a la existencia de un contrato. Es decir, son asalariados. También deben incluirse a aquellos que trabajan por cuenta propia (en las cifras del cuarto trimestre de la EPA del 2014, el número de estos trabajadores era de más de 3 millones). En el ámbito del trabajo por cuenta propia, la figura del falso autónomo, o como viene recogiéndose actualmente, el trabajador autónomo dependiente (TRADE) cobra cada vez más fuerza en nuestro mercado. Y es una manera más de trasladar la carga de los riesgos al trabajador. De esta forma, el empleador no paga sus cotizaciones ni tampoco se verá obligado a hacer frente a la indemnización por despido si desea poner fin a la relación que les une. Y sin olvidarnos en este análisis del recurso alentado por múltiples instituciones (no sólo el gobierno nacional sino también la UE) del emprendimiento. Pareciendo dar por sentado que cualquiera puede ser emprendedor y que es la solución a todos los males.

En segundo lugar, las cuantías de los salarios también son parte de la multidimensionalidad de la precariedad. Con la norma clásica se “aseguraba” una contraprestación económica suficiente. En la actualidad ya no es así. Disminuyen los salarios, o aumentan los puestos de trabajo en los que los salarios son inferiores. La justificación que ofrecen a esto es la manida competitividad y la productividad del factor trabajo. Una de las salidas que tiene el trabajador en estos casos es el recurso a las jornadas extraordinarias con el fin de obtener un ingreso mínimo suficiente. Nuevamente, y como sucedía con los trabajadores temporales, la capacidad para adoptar estrategias vitales y planificar una vida futura se ve cercenada.

Siguiendo con el esquema inicial, otra dimensión que alerta de la precariedad está relacionada con las condiciones de trabajo. Por ejemplo, la flexibilidad horaria o las jornadas atípicas son algunos ejemplos que ahondan en las condiciones que debe soportar el trabajador.  Dentro de las jornadas, algunas categorías presentes son la expandida, la recortada (manifestada con la contratación a tiempo parcial), la variable, o la anormal (la realizada en horarios nocturnos o en días festivos). Aunque en algunos casos pueda reportar algún tipo de beneficio para el trabajador, a quien verdaderamente favorece es al empleador, que es el que posee la verdadera capacidad para determinar las prácticas empresariales de gestión de la mano de obra.

Y no menos importante es la protección que se le ofrece al trabajador que acaba en el desempleo y que se efectúa a través de las prestaciones correspondientes. Aunque no sea en sentido estricto una dimensión de la precariedad,  lo más razonable sería su inclusión. Las políticas pasivas  tienen como finalidad el compensar, aunque sea sólo una parte, la pérdida de ingresos de las personas desempleadas. Con las últimas reformas laborales, las cuantías de las prestaciones se han visto minoradas, amén de otros requisitos rígidos para su recepción. Además, el recurso a la contratación temporal y la concatenación de periodos de empleo y paro, llevan a que, en ocasiones, ni siquiera exista posibilidad de cobrar estas prestaciones. Por lo tanto, ese halo de seguridad que podían ofrecer se ve difuminado.[...]»

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